Gobernanza
Estructura de la Junta
Justice Access Foundation está gobernada por una Junta Directiva compuesta por miembros voluntarios independientes. La Junta tiene la responsabilidad fiduciaria definitiva de las operaciones, la gestión financiera y el cumplimiento de la misión de la organización.
La Junta está estructurada de la siguiente manera:
- Mínimo de tres (3) y máximo de nueve (9) directores
- Todos los directores sirven como voluntarios sin compensación
- Los directores son elegidos por la Junta existente de conformidad con los Estatutos
- Ningún donante, financiador o entidad afiliada puede tener un interés de control o mayoría de puestos en la junta
- Los funcionarios (Presidente, Secretario, Tesorero) son elegidos entre los miembros de la junta
Principio de Junta Voluntaria
Todos los miembros de la Junta Directiva sirven sin compensación financiera, incluyendo salarios, honorarios u otros beneficios. Este principio está incorporado en los Estatutos de JAF y se aplica como condición de la membresía en la junta. El reembolso de gastos razonables y documentados incurridos en servicio a la organización puede ser autorizado de conformidad con la política de la junta.
Marco de Reuniones Trimestrales
La Junta Directiva realiza reuniones formales no menos de una vez por trimestre. En cada reunión, la Junta revisa:
- Estados financieros y posición de efectivo
- Informes de actividad del programa
- Estado de cumplimiento (estatal y federal)
- Declaraciones de conflicto de intereses
- Concentración de donantes y proporción de apoyo público
- Prioridades estratégicas y asignación de recursos
Se pueden convocar reuniones especiales según sea necesario para asuntos de gobernanza. Todas las reuniones están documentadas en actas escritas que se mantienen en los registros organizacionales.
Política de Conflicto de Intereses
JAF mantiene una Política de Conflicto de Intereses formal aplicable a todos los directores, funcionarios y empleados clave. Las disposiciones clave incluyen:
- Divulgación escrita anual de posibles conflictos por parte de todas las personas cubiertas
- Recusación obligatoria de votos o decisiones en los que un director tenga un interés personal o financiero material
- Prohibición de transacciones de autobeneficio que involucren a directores o partes relacionadas sin divulgación y aprobación completa de la junta
- Documentación de la revisión de conflictos en las actas de las reuniones de la junta
- Confirmación anual del cumplimiento de la política
La Política de Conflicto de Intereses es revisada por la Junta no menos de una vez al año y actualizada según lo requieran las orientaciones regulatorias o las circunstancias organizacionales.
Supervisión Financiera
Los mecanismos de supervisión financiera incluyen:
- Revisión del Tesorero de todos los estados financieros mensuales
- Revisión completa de la junta de los estados financieros en cada reunión trimestral
- Revisión o auditoría financiera anual, según lo requerido por la ley de California y los requisitos de los donantes
- Mantenimiento de políticas financieras escritas que cubren autoridad de firma de cheques, límites de gasto y requisitos de documentación de gastos
- Sin mezcla de fondos organizacionales con fondos de ningún director, funcionario o entidad afiliada
- Cuenta bancaria sin fines de lucro dedicada, mantenida exclusivamente a nombre legal de la organización
Cláusula de Disolución
En caso de disolución, la Junta Directiva está obligada bajo los Artículos de Incorporación de JAF y la ley de California a distribuir todos los activos organizacionales restantes — después del pago de todas las deudas y responsabilidades legales — a una o más organizaciones que sean:
- Reconocidas como organizaciones de caridad pública 501(c)(3) por el IRS, y
- Operadas para propósitos consistentes con la misión caritativa de JAF
Ningún activo puede ser distribuido a ningún director, funcionario, empleado, fundador o individuo privado en caso de disolución. La distribución está sujeta a notificación al Procurador General de California y, cuando así lo requiera la ley, a la aprobación del Tribunal Superior.